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DIA DE LA VIDA 2008

La Asociación Pro-Vida de Sevilla quiere hacer constar en “EL DÍA DE LA VIDA 2008” lo siguiente:

MANIFESTAMOS:

1 El artículo 15 de la Constitución Española, primero de los que regulan los derechos fundamentales, dice expresamente: “Todos tienen derecho a la vida”. La sentencia del Tribunal Constituciones de 11 de abril de 1985 dejó bien claro que el aborto sigue siendo un ilícito penal, no punible en tres supuestos muy concretos, y que el Estado tiene el deber de garantizar que ni un solo aborto sea realizado fuera de esos límites. Así se recuerda en el primer párrafo del Real Decreto 2409/1986, de 21 de Noviembre, que regula la práctica del aborto.

No cabe por tanto hablar, en nuestro Ordenamiento Jurídico, de un derecho al aborto y menos aún de un derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo, pues en el aborto se está disponiendo del cuerpo de un ser humano distinto de su madre y que, desde su concepción, ha recibido de sus progenitores toda la dotación genética necesaria para definir su personalidad individual y su pleno desarrollo.

2.- La práctica del aborto en España se lleva a cabo, en la inmensa mayoría de os casos, en fraude de ley, vulnerando los límites previstos por el legislador. Se apela en un 97% de los casos al “grave peligro para la salud psíquica de la madre”, cuya acreditación no deja de un mero trámite formal y muchas veces absolutamente irregular (certificados estandarizados o firmados en blanco y también sin que el especialista entreviste a la mujer).

3.- A pesar de que el artículo 9 del Real Decreto 2409/1986, de 21 de Noviembre, que regula la práctica del aborto, establece que “los profesionales sanitarios habrán de informar a las solicitantes sobre las consecuencias médicas, psicológicas y sociales de la prosecución del embarazo o de la interrupción del mismo” y “de existencia de medidas de asistencia social y de orientación familiar que puedan ayudarle”, tampoco se cumple adecuadamente (cuando se incumple radicalmente) esta exigencia del legislador. Exigencia absolutamente razonable para una mujer que, sin tiempo para reflexionar en muchos casos, va a tener que adoptar una decisión de consecuencias irreversibles a las que tendrá que hacer frente el resto de su vida. Por esta razón es imprescindible que se garantice que la decisión de la mujer se realice tras conocer todos los riesgos (incluyendo el síndrome post-aborto) y también las alternativas de apoyo para continuar con la gestación. Naturalmente esta información no puede darse con imparcialidad y objetividad en una clínica privada, pues ello atentaría gravemente a sus intereses económicos dentro de un negocio muy rentable y en plena expansión.

4.- La percepción errónea del aborto como un derecho garantizado por los poderes públicos ( y no como un ilícito penal), el fraude generalizado en su práctica y la falta e información sobre riesgos y alternativas, hace que el número de abortos crezca año tras año, afectando especialmente a quienes por haber llegado recientemente a España desconocen la regulación legal y las alternativas de apoyo social al aborto. Así se ha llegado a esa cifra espantosa de un millón de abortos desde la modificación legal de 1985. En la Comunidad de Madrid, uno de cada cinco embarazos termina en aborto y esta proporción es casi del 50% en las menores de 20 años.

5.- También ha contribuido a esta situación el oscurantismo social y mediático sobre las consecuencias del aborto en muchas mujeres, que éstas han tenido que afrontar en solitario, y sobre los procedimientos traumáticos para llevar a cabo el aborto en embarazos avanzados, causantes de gran sufrimiento fetal y que han escandalizado, junto con el fraude de ley, a responsables políticos y medios de comunicación en el Reino Unido y en Dinamarca. Nuestro país se ha convertido en destino de muchas mujeres que, con embarazos que superan los límites legales para el aborto en sus países de residencia, se acogen a nuestro fraude de ley para llevarlo a cabo.

6.- Aprovechar los horrores descubiertos en las clínicas abortistas de Barcelona y Madrid, mera punta del iceberg del inmenso fraude de ley que se está cometiendo en España, para reclamar una ley de plazos, supone pensar que el derecho a la vida a los demás derechos humanos no existen en los primeros meses de la vida de un ser humano, lo que va en contra de toda la evidencia científica sobre el desarrollo del cigoto y del embrión y en contra de lo exigido por la Constitución Española según ha sido interpretada por el Tribunal Constitucional.

Ante esta situación dramática, que cada año se traduce en la pérdida de más de 100.000 vidas humanas, de lo que no tenemos duda es de que esta ley del aborto debe ser abolida.

“Paremos la muerte de tantos inocentes”.

Tenemos que seguir con la ayuda, la atención y el apoyo a las mujeres embarazadas sin desfallecer, también a través de ayudas económicas si fuesen necesarias, promocionar la adopción del hijo que por distintas circunstancias la mujer embarazada no quiera o no pueda asumir. Ésta es una salida eficaz y humana, pero no la de abortar y que dará la tranquilidad y la felicidad a la madre, porque sabe que su hijo, al que no pudo atender en su momento, vive contento atendido y feliz en su familia de acogida y siempre le estará agradecido por haberle dado la vida.

También la eutanasia necesita cuidado, desvelos, acompañamiento y amor al enfermo y al anciano para que valore su vida, en una palabra, para evitar todos estos horrores tenemos que construir una red de solidaridad mayor que contagie y se extienda a toda la sociedad. La cultura de la vida, la ayuda y el respeto inviolable que merece toda persona.

Seamos ecológicos, que es la última moda, pero primero el hombre, el ser humano. Antes que los animales y la naturaleza.

 

VIVA LA VIDA!!!!!!!

 

 

La experiencia española del aborto

El artículo 15 de la Constitución Española afirma que "todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral". Además de ello, tras la despenalización del aborto en algunos supuestos, el Tribunal Constitucional español -en sentencia de 5 abril de 1985- dictaminó que el feto humano, aunque estaba protegido por el Estado, no era sujeto de derechos. Por tanto, desde un punto de vista legal, tal sentencia anula el artículo 15 de la Constitución para los que van a nacer.

Respecto al Código Penal español su artículo 145.1 dice: "EI que produzca el aborto de una mujer, con su consentimiento, fuera de los casos permitidos por la ley, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria, o para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados, por tiempo de uno a seis años". Pero este artículo queda matizado por el 417 bis, que hace referencia a los casos excepcionales o supuestos en los que el aborto está despenalizado. El primer supuesto es el de grave peligro físico o psíquico para la salud de la madre, por cuya circunstancia se podrá abortar en cualquier momento de la gestación. El segundo, es el caso de violación, pudiéndose abortar en esta circunstancia durante las doce primeras semanas de embarazo. El tercero supuesto contempla el caso de graves taras físicas y psíquicas del feto, pudiéndose en este caso practicar el aborto durante las veintidós primeras semanas de la gestación.

El primer supuesto es al que se acogen la inmensa mayoría de los abortos procurados: en España, aproximadamente el 98%. Conviene recordar que en el texto legal se especifica que para poder practicar el aborto se deberá acompañar la resolución de un dictamen médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquel por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto. En caso vital para la gestante, podrá prescindirse del dictamen y del consentimiento expreso", cosa que muy frecuentemente se incumple.

Prescindiendo de la valoración ética de esta legislación, parece evidente que cualquiera que la juzgue con una mínima honestidad moral entiende el espíritu de la ley que mueve a formularla al describe con claridad que para poder despenalizar un aborto se debe de tratar de casos graves y excepcionales. Sin embargo, lo que de hecho viene ocurriendo en nuestro país es que son los propios médicos de las clínicas abortistas los que, en muchos casos, expiden el dictamen necesario para aplicar el primer supuesto. Es decir, el dictamen se convierte en un formulismo vacío y mecánico. Alguna clínica ha declarado incluso que el mero deseo de no tener el hijo por parte de la gestante es motivo suficiente para que ellos practiquen el aborto.

Hoy en día se practican en España más de 80.000 abortos al año.

Gran parte de esos abortos los financian las arcas públicas en base a los conciertos sanitarios que mantienen las clínicas abortistas con la sanidad pública. A la vista de estas cifras, y conocido el dato de su financiación, se puede concluir que: a) el aborto es hoy la mayor causa de muerte en España, muy por delante de la siguiente (las enfermedades isquémicas), y b) todo el país es cómplice en este holocausto silencioso que se practica al amparo fáctico de la ley y de la hacienda pública.

La lección que se puede sacar de la experiencia española es elocuente: cualquier excepción que se permita a la protección integral de la vida humana naciente en un país lleva, en la práctica al aborto libre y gratuito (www.provida.es/valencia).

Otra vez el aborto

Recientemente se ha publicado en Diario LA RIOJA un artículo titulado 'Por qué 85.000 abortos', firmado por el delegado de la Fundación Vida en La Rioja. Su lectura, y un reciente debate televisivo, me ha llevado a reflexionar sobre el tema. Una parte importante, cada vez mayor, de la comunidad científica considera que en la concepción comienza una nueva vida; el feto es un ser humano, con un patrimonio genético irrepetible. Además, jurídicamente, en muchos estados el aborto ha sido y es considerado un delito; por ello, aunque en varios se han despenalizado algunos supuestos, no se puede hablar del derecho a abortar.

Ninguna mujer quiere abortar (aunque las estadísticas hablan de mujeres que han abortado cinco o más veces), sino más bien se ve abocada a ello, muchas veces, por soledad, falta de recursos económicos, de convicciones firmes, etc. Pero, a la vez, toda mujer sabe que el dolor físico o psíquico no justifica quitar una vida humana porque el fin no justifica los medios. La sociedad no quiere abortos, los tolera en determinados casos y es indulgente con la adolescente embarazada. La antigua vergüenza de ser madre soltera se ha reducido mucho, mientras se extienden las presiones a futuras madres (sobre todo solteras, especialmente adolescentes) planteando que «no hay otra salida». Por el contrario, en muchas ocasiones, el propio entorno social se ensaña con las madres que en situaciones difíciles siguen adelante con su embarazo.

El aborto puede resultar muy tentador cuando se piensa que el problema es el embarazo y que, zanjándolo por la vía rápida, se acaba ese problema: nadie descubrirá tu actividad sexual, no hay que decidir quien se queda con el futuro hijo y se puede seguir como si nada hubiera pasado. Sin embargo, como el aborto va contra el arraigado instinto maternal, muchas mujeres que abortan quedan marcadas por esa experiencia, a veces para siempre: padecen reacciones sicológicas nuevas, recuerdan intensamente el momento del aborto, piensan en niños pequeños, etc., y tienden a tomar sustancias, a veces nocivas, para paliar esa tensión. Hay mujeres que ocultan este trauma durante años hasta que algo les hace explotar; a menudo un nuevo embarazo: ver la imagen de su futuro hijo de 9 semanas en una ecografía les hace darse cuenta de que el aborto se hizo con alguien igual de vivo, que eso no es un quiste sino su hijo.

Ante el dilema del aborto o la vida, el Estado no puede ser neutral. En un Estado de derecho, que coloca los derechos humanos en la base de su arquitectura constitucional, nada más lógico que apostar por la vida, sobre todo la más indefensa. Si queremos ser cada vez más civilizados tendremos que encontrar otras formas de resolver los problemas. Hay un clamor, casi unánime, por una política generosa para prevenir los abortos. Algunos proponen que igual que se hace un plan nacional antidroga para atajar el mal de la drogadicción, ¿por qué no se hace otro plan semejante para frenar la cultura de muerte del aborto, que tanto daña a hombres y mujeres y al bien común de este país?

Pero ¿qué hacer con esa adolescente que biológicamente es apta para ser madre pero que socialmente es inmadura?¿O con aquella pareja que no se ha planteado el matrimonio ni tener un hijo que haría añicos sus estudios, su trabajo, etc.? Ante una maternidad conflictiva el Estado debe fomentar una cultura de la vida como valor permanente, promover una educación afectivo-sexual global, no meramente biologicista sino responsable, explicando los diversos tipos de riesgo que comportan las relaciones sexuales; una buena información sobre la adopción y sus modalidades; ampliando las ayudas sociales a madres solteras, etc. Lo que no es admisible, porque es falso, es vender la «bondad» del aborto como salida de emergencia sobre todo para los que se denominan «embarazos no deseados» de los jóvenes.